15/5/18

CARTA DE INVITACION

CARTA INVITACIÓN
El particular que pretenda invitar a un ciudadano extranjero a visitar España deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.
En el momento de presentar la solicitud, el interesado deberá acreditar su identidad con el DNI, pasaporte o NIE. 
No se exigirá que aporte ningún tipo de documento relativo a la identidad del invitado ni para acreditar la relación o vínculo que mantiene con el mismo. Es decir, no será necesario aportar fotocopia del pasaporte del extranjero ni partidas de nacimiento u otros documentos que demuestren la relación entre el invitante y el invitado).
La solicitud deberá contener los siguientes datos personales (nombre, dirección, vínculo con el invitado, datos personales del extranjero y periodo durante el cual está prevista la estancia especificando la fecha del primer y el último día. 

El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (escritura pública o título de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento análogo, de acuerdo con la legislación civil vigente).

En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
  1. El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».
  2. La Ley Orgánica 4/2000de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1.
  3. Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.



TRAMITACIÓN
Una vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, ésta iniciará su tramitación. Cuando por el instructor del procedimiento lo juzgue pertinente, se podrá emplazar al solicitante para mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, producirá el efecto de considerar al solicitante desistido en el procedimiento.
RESOLUCIÓN
Una vez resuelta la solicitud, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Invitación.
El abono de la tasa (aproximadamente 78€) habrá de realizarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de dicho abono deberá aportarse para recoger la Carta de invitación.
La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.
____________________________________________________________

12/3/18

FAMILY REGROUPING OF OTHERS FAMILY MEMBERS OF EU


"EXTENDED FAMILY" OF EU CITIZENS 

From the 8th of December the Foreigners Office modified rules for family regrouping of EU family members.

The term “extended family” includes:

- Members of the EU or European Economic Area citizens who accompany them or join to them and during the solicitation confirm that they are in the next circumstances:

·         1º. They depend on them or live with them in the country of origin.
·         2º. It strictly necessary that the citizen of EU takes care for the member of his family because of the health or disability.  
- From another part, non-married partner of the EU citizen with whom she/he has stable relations and it should be duly proved.  

Because of different determinations of the European Court of Justice, the European Commission required the Spanish Government to modify the Royal Decree adopted in 2007 to incorporate the extended family within its subjective scope.


20/2/18

CONSEJOS PARA NO DENEGAR EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO

DENEGACIONES DEL PERMISO DE RESIDENCIA:

Uno de los motivos por los cuales se deniegan las renovaciones de la residencia es por salir de España más del tiempo permitido.
Extinción de la residencia que puede hacer la Oficina de Extranjeros al comprobar la ausencia cuando el ciudadano renueva su permiso de residencia o por indicación  la policía fronteriza en el aeropuerto cuando compruebe que ha permanecido más de 6 o 12 meses fuera de España, dependiendo del caso.

La extinción de la residencia temporal o residencia y trabajo:
Cuando se permanezca fuera de España durante más de seis meses en un periodo de un año.

La extinción de la autorización de residencia de larga duración:
Cuando se produzca la ausencia del territorio de la Unión Europea durante doce meses
consecutivos.

La extinción de la autorización de residencia de larga duración-UE:
· Cuando se produzca la ausencia del territorio de la Unión Europea durante doce meses
consecutivos.
· Tras una ausencia del territorio español de seis años.

Nota: La Dirección General de Inmigración, previo informe de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, podrá determinar la no extinción de una autorización por esta causa ante la concurrencia de motivos excepcionales que así lo aconsejen.

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión:
· La vigencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión caducará por las ausencias
superiores a seis meses en un año.
· Se perderá el derecho de residencia permanente de familiar de la Unión por ausencia del territorio español durante más de dos años consecutivos.

Acceso a la nota informativa de la oficina de extranjería

A pesar de estas circunstancias también se pueden anular por haber permanecido más de 10 meses fuera de territorio español en los últimos cinco años. Circunstancia que le causaría la denegación de la residencia de larga duración, denominada anteriormente permanente.

2/2/18

GOLDEN VISA PROGRAM IN SPAIN

ENJOY SPAIN WITH YOUR GOLDEN VISA

These visas enable its holder to reside in Spain for reasons of economic interest.
This document covers the residence visas created by Law 14/2013, dated 27 September, of support to entrepreneurs and their internationalization.
The visas regulated in this Law are the following:

  •  Residence visas for capital investors.
  •   Residence visas for buyers of real estate.
  •  Residence visas for entrepreneurs and entrepreneurial activities.
  •  Residence visas for highly qualified professionals.
  •  Residence visas for educational or research activities.
  •  Residence visas for intra-company moves.
COMMON REQUIREMENTS:
1 – Applicant must be above 18 years old.
2 – Schengen National Visa application form & 2 photographs: application completed and signed; passport size recent photo, clearly showing the face, the forehead hairline and ears on a white background.
3 – Passport original and photocopy valid for a minimum of three months from the date of completion of the stay in the Schengen territory, with at least two blank pages available to start the visa.
4 – Singaporean IC:  PR & re-entry permit / EP / S-Pass.
5 – Medical insurance: public health insurance and private contracted with an insurance company which is licensed to operate in Spain.
6 – Criminal record certificate for the past five years issued by the authorities of the countries, where the applicant has resided for the past five years showing that the applicant is free from criminal records.  The certificate shall be valid for a period of three months after the date of issue. If the country is not Singapore the certificate must be legalized by the Spanish Consulate/Embassy in that country.
7 – Visa fee: 95.40 S$ to be paid upon application. Cash only.
8 – Financial guarantee: the applicant must demonstrate for the next two years:
       8.1. An amount of 2.130 € monthly for the main applicant.
       8.2. Plus a further 532 € for each dependant person under the applicant’s charge (each applicant’s               family member applying for residence visa).
To prove financial guarantee: provide (original and photocopy): savings accounts/current account bank statements (up to last 12 months) / bank deposits/ etc. YOUR NAME as account holder HAS TO BE STATED in every document.
9 – Applicant’s family members must request a:
RESIDENCE VISA FOR FAMILY MEMBERS:  
Requirements:
  9.1.- Each family member must present a separate application and a separate set of required                       documents.
  9.2.- Family members entitled to apply for this kind of visa:

  • Spous
  • Children under 18 years
  • Children over 18 who are objectively unable to provide their own needs due to their state of                   health.
 9.3.- Requirements number 2 to number 7 mentioned above. NOTE: criminal records certificate for children only over 14 years.
  9.4.- For spouse: authenticated birth certificate; if the country is not Singapore the certificate must be legalized by the Spanish Consulate in that country. If the certificate is in a language other than English or Spanish it must be translated into Spanish or English and the translation must be certified by the Spanish Consulate in the country of origin.
  9.5.- For children: authenticated birth certificate; if the country is not Singapore the certificate must be legalized by the Spanish Consulate in that country. If the certificate is in a language other than English or Spanish it must be translated into Spanish or English and the translation must be certified by the Spanish Consulate in the country of origin.

3/1/18

CONSERVACION DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

CONSERVACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA 

Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes en el país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán en todo caso la nacionalidad española si no realizan declaración de conservación en el consulado General de España correspondiente durante los tres años posteriores a la mayoría de edad. Es decir, de no realizar la declaración en el consulado español donde residan después de cumplir los 18  y antes de los 20 años perderán la nacionalidad española, incluso en el caso de que la que tengan sea de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.

No tienen la obligación de declarar su voluntad de conservar la nacionalidad española, para así evitar su pérdida, quienes la hayan adquirido de forma sobrevenida, generalmente en virtud del ejercicio de un derecho a optar.