Número de Identidad de Extranjero (N.I.E.)
Antes de tener la residencia, la comisaría de Policía o los consulados, pueden expedir el NIE a los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales.
Los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales podrán solicitar personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía, directamente o a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior.
La solicitud deberá ser presentada en la Oficina Consular en cuya demarcación resida el extranjero, personalmente o a través de representante debidamente acreditado, adjuntando a la solicitud una copia de la página biográfica del pasaporte en la que consten los datos de su titular (si se trata de Ciudadanos de la Unión se podrá aportar copia de la tarjeta de identidad), y acreditar los intereses económicos, profesionales o sociales que justifican la petición.
Igualmente si se encontrara en territorio español, dentro de los primeros 90 días de su llegada, podrá solicitarlo a la comisaría de policía donde se encuentre residiendo acreditando unidamente los intereses por los cuales solicita su Numero de Identificación de Extranjero. Consiguiendo de esta forma un certificado provisional donde constará su numero de Identificación de Extranjero que podrá utilizar para realizar cualquier compra de vivienda, vehículo, alquiler de vivienda, apertura de cuenta bancaria, obtención del seguro médico privado,...