11/1/17

PROBLEMAS AL RENOVAR EL PERMISO DE RESIDENCIA

RENOVAR EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO SIN PROBLEMAS

Para evitar problemas a la hora de renovar el permiso de residencia y trabajo es importante haber cotizado el tiempo suficiente (mínimo 6 meses por año natural) o en su defecto justificar que es demandante de empleo con un certificado del SEPE.
También será importante asegurarse de que no existen antecedentes policiales pendiente de archivar en los diferentes cuerpos de policia (mossos de esquadra, policia nacional o guardia civil) ni en su caso, antecedentes penales (por problemas con justicia).
Y como tercer elemento a tener en cuenta, siempre deberá tenerse el empadronamiento actualizado.

Importante: Recuerde que deberá renovar dos meses antes de la caducidad de la residencia o tres meses después.

Pero si dispone de una residencia de larga duración no tendrá problemas por no haber cotizado o haber estado de baja en el padrón municipal. El trámite de renovación se realiza directamente en la comisaría de policía que le corresponda por su domicilio. Llevando únicamente el pasaporte, el NIE, 2 fotos, empadronamiento actualizado y dinero para pagar la tasa.
En el supuesto de no haber renovado la residencia de larga duración antes de los 60 días previos o los 90 días siguientes, en principio no tendrá problemas para recuperarla si no hubiera transcurrido más de un año y pudiera acreditar que se encontraba en España. 

10/1/17

PROCESO TELEMATICO NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Resultado de imagen de fotos de la bandera de españa
Desde el 15 de Octubre de 2015, con la entrada en vigor de la reforma del proceso de solicitud de la Nacionalidad española por residencia, se contemplaba la posibilidad de presentar las solicitudes de Nacionalidad española a través del Registro Civil o por la vía telemática a través de la plataforma del Ministerio de Justicia. Aunque siempre se aconsejaba hacerlo por el nuevo sistema telemátco puesto que los expedientes irían más rápidos al no tener que enviarse a Madrid para su digitalización.
Sin embargo, a partir de junio de este año dejará de existir  esta posibilidad de tramitación a través de los Registros Civiles. Por tanto, es moratoria en la aplicación del nuevo sistema telemático dejará de existir y la única vía de presentación del expediente de nacionalidad será a través de la plataforma del Ministerio de Justicia por vía on-line.


Durante el 2016 las solicitudes de nacionalidad española se incrementaron considerablemente tal como apuntan la prensa.

http://www.20minutos.es/noticia/2915749/0/concesion-nacionalidades-espanolas-derrumbe/

9/1/17

PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Los españoles que no lo sean de origen (por ejemplo, los que han adquirido la nacionalidad española por residencia) perderán la nacionalidad española si:
  • Después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
  • Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
  • Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

Lugar donde realizar la declaración de conservación
Los Consulados españoles en el extranjero donde realizar la declaración de conservación de la nacionalidad española.