El pasado 6 de agosto de 2014 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, BOE, la Orden INT/1472/2014, de 25 de julio, por la que se modifica la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía.
Según se publica en esta nueva orden, los términos municipales de Torrevieja (Alicante) y Vilafranca del Penedés (Barcelona), contarán, cada una, con una nueva Unidad de Extranjería y Documentación.
“La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye al Cuerpo Nacional de Policía la expedición y gestión del documento nacional de identidad y de los pasaportes, así como las funciones previstas en la legislación de extranjería en materia de identificación de los ciudadanos extranjeros.
El Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, modificado por los Reales Decretos 1586/2009, de 16 de octubre, y 869/2013, de 8 de noviembre, incorpora el DNI electrónico que, además de cumplir las mismas funciones que el documento tradicional en cuanto a la acreditación de la identidad personal por medios físicos, introduce la funcionalidad electrónica mediante los certificados de autenticación y firma electrónica.
Este real decreto establece como principio esencial el facilitar a los ciudadanos la obtención del documento nacional de identidad, adoptando las medidas oportunas para el fomento de la cooperación de los distintos órganos de las administraciones públicas con la Dirección General de la Policía.
En este contexto, con la finalidad de atender las necesidades en materia de documentación de los ciudadanos residentes en la zona sur de la provincia de Alicante, con una importante densidad poblacional y centro residencial turístico, se hace preciso crear una nueva Unidad de Extranjería y Documentación en la localidad de Torrevieja (Alicante), que además atienda al entorno próximo de dicha población, evitando de esta manera el traslado de sus vecinos a otros núcleos de población más alejados, o esperando el desplazamiento de los equipos móviles existentes al efecto para obtener dichos documentos.
Por esas mismas razones se considera necesaria la creación de otra Unidad de Extranjería y Documentación en la localidad de Vilafranca del Penedés (Barcelona) con la finalidad de atender las necesidades en materia de documentación de los ciudadanos residentes en la comarca del Alto Penedés, provincia de Barcelona.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
Artículo único.- Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía, en el que se relacionan las Unidades de Extranjería y Documentación, se incluirán la Unidad de Extranjería y Documentación de Torrevieja (Alicante) y la Unidad de Extranjería y Documentación de Vilafranca del Penedés (Barcelona).
Disposición adicional única.- Gasto público
La aplicación de esta orden no supondrá incremento de gasto público en materia de personal.
Disposición final primera.- Facultades de desarrollo
La Secretaría de Estado de Seguridad, a través de la Dirección General de la Policía, podrá realizar cuantas actuaciones requieran el desarrollo y aplicación de esta orden.
Disposición final segunda.- Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Firmado en Madrid el 25 de julio de 2014, por el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.”