31/5/14

CANCELACION ANTECEDENTES POLICIALES

1.- El primer paso será averiguar si usted tiene antecedentes policiales obteniendo el acceso a los ficheros PERPOL (Personas de Interés Policial) y/o INTPOL (Cuerpo de la Guardia Civil) rellenando las siguientes solicitudes de la Policía Nacional, la guardia civil o mossos de esquadra.
Concedido el acceso, y por el plazo de 10 días, podrá realizar su consulta mediante visualización en pantalla; escrito, copia o fotocopia remitida por correo; telecopia o cualquier otro procedimiento adecuado a la configuración del fichero.

Requisitos formales para el acceso.
- Solicitud dirigida al responsable del fichero en la que consten los datos personales del solicitante. (Paso 1)
- Domicilio a efectos de notificación.
- Fotocopia de DNI/ NIE o pasaporte en vigor, salvo que se haya prestado consentimiento para verificar los datos de identidad. Para los extranjeros que carezcan de NIE, fotocopia del Pasaporte en vigor.
- En caso de actuar a través de representante legal, poder de representación específico para el ejercicio del derecho de acceso.

2.- Cuándo puede cancelar los Antecedentes Policiales.
Si tras su identificación o detención por la Policía por la presunta comisión de un delito falta fue dictada Sentencia absolutoria o se archivó el asunto, puede solicitarlo desde la firmeza de la Sentencia o desde el Auto de archivo. Caso de Sentencia condenatoria, podrá instarse la cancelación transcurridos 2, 3 ó 5 años desde la remisión de la pena impuesta (dependiendo del grado de la condena), sin que se hayan incorporados datos desfavorables al expediente del solicitante.
Si se inició contra usted un expediente sancionador, podrá solicitar la cancelación tras cumplir la sanción o tras la prescripción de la fracción administrativa.
Si, por contra, usted fue condenado por la comisión de un delito, podrá interesarlo cuando ya no tenga Antecedentes Penales.

3.- Quién puede cancelar los Antecedentes Policiales.
- Cancelación de oficio: teniendo en cuenta los plazos de prescripción de responsabilidad penal establecidos en el Código Penal. Es poco frecuente.
- Cancelación a instancia de parte: previa cancelación de los antecedentes penales derivados de dicha Sentencia condenatoria, en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.
- Anulación: en todos los casos en los que la resolución adoptada por la Autoridad Judicial sea de absolución, sobreseimiento o archivo, o tras el transcurso de 5 años de la remisión definitiva de la pena impuesta.

4.- Solicitud de cancelación:

Documentación a acompañar.
- Instancia de solicitud en la que se hagan constar los datos de filiación completos, el domicilio actual y en el caso de que se pretenda una cancelación y/o anulación parciales, el antecedente concreto a que se refiera la solicitud.
- Fotocopia de DNI/NIE o pasaporte en vigor, salvo que se haya prestado consentimiento para verificar los datos de identidad. Para los extranjeros que carezcan de NIE, fotocopia del Pasaporte en vigor.
- Certificado de las Autoridades Judiciales correspondientes, acreditando la resolución adoptada respecto al antecedente o antecedentes que se desean cancelar y/o anular.
- En el caso de sanciones administrativas, certificación que acredite el pago efectivo de la multa o estar exento de responsabilidad por los hechos que motivaron los antecedentes.
- En caso de actuar a través de representante legal, poder de representación específico para el ejercicio del derecho de cancelación.
- Autorización para obtener el certificado de antecedentes penales en el Registro de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.

5.- Motivos de denegación de la cancelación.
- Por estar pendiente de juicio.
- Por constar Antecedentes Penales (=judiciales).
- Por estar cumpliendo la suspensión de la condena de prisión impuesta.
- Por tener otras responsabilidades judiciales o administrativas pendientes.
- Por peligro para el Estado y la seguridad pública.
En la comunicación al interesado, se hará constar los motivos por los que se le deniega, recursos y plazos que le asisten según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.- Lugar de presentación de la solicitud de cancelación.
- Policía Nacional y Policía Local. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN ECONÓMICA, TÉCNICA Y DOCUMENTAL UNIDAD DE DOCUMENTACIÓN DE ESPAÑOLES Y ARCHIVO CENTRAL DE LA POLICÍA C./Julián González Segador, s/n 28043 MADRID.
- Guardia Civil.SR. DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL. C/ Guzmán el Bueno, 110. 28003. MADRID.
- Mossos de Esquadra. Gran via de les Corts Catalanes. Barcelona