HORARIO

De lunes a viernes de 9 a 15 h Lunes y jueves de 18 a 19 h
Mostrando entradas con la etiqueta Tarragona. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Tarragona. Mostrar todas las entradas

3/11/17

VISIT SPAIN-VISITAR ESPAÑA

VISITAR ESPAÑA- VISIT SPAIN

REQUISITOS ENTRADA EN ESPAÑA
El ciudadano extranjero no comunitario que desee residir o visitar España, podrá hacerlo de dos formas:
1) Con una carta de invitación de un particular o empresa que le permita posteriormente obtener el visado de turista para permanecer en España durante un periodo no superior a 90 días.

2 ) Por cualquier otro tipo de visado que le permite residir de forma estable en España.


LA CARTA DE INVITACIÓN
Este documento que expide la policia nacional donde reside el particular que invita a su domicilio al ciudadano extranjero tiene una duración de 90 días y debe mostrarse los datos del invitante, del invitado y la fecha prevista del viaje.
Este documento se usará para solicitar el visado de turista en el consulado y  en los paises que no fuera necesario se utilizará para mostrar en el control fronterizo cuando el extranjero visite nuestro país.

En Global Asesoría le ayudamos a obtener la carta de invitación y le informamos de los pasos siguientes para que la persona invitada obtenga, en su caso, el correspondiente visado de turista.

Existen paises o Estados que no necesitan visado para entrar en España, por tanto, podrá venir directamente a España sin tener que pasar por el consulado español del país donde resida el ciudadano extranjero. 
Son los siguientes :
ANDORRA, ANTIGUA Y BARBUDA, ARGENTINA, AUSTRALIA, BAHAMAS,BARBADOS, BRASIL, BRUNEI, , CANADÁ, COLOMBIA, CHILE, COREA DEL SUR, COSTA RICA, CROACIA, EL SALVADOR, DARUSSALAM, ESTADOS UNIDOS, GUATEMALA, HONDURAS, ISRAEL, JAPÓN, MALASIA, MAURICIO, MÉXICO, MÓNACO, NICARAGUA, NUEVA ZELANDA, PANAMÁ, PARAGUAY, PERU, SAN CRISTOBAL Y NIEVES, SAN MARINO, SANTA SEDE, SEYCHELLES ,SINGAPUR, URUGUAY y VENEZUELA.  
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Documents/listapaisesvisado.pdf

VISADO TURISTA EN EL PASAPORTE
El ministerio del Interior ha elaborado un programa para que el ciudadano extranjero cuando viaje a España no se exceda del tiempo concedido en el visado, para evitar así problemas en la obtención de los sucesivos visados. Situaciones muy habituales por las que los consulados deniegan los visados posteriores. http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/what-we-do/policies/borders-and-visas/border-




ENTRY INTO SPAIN
ENTRY REQUIREMENTS INTO SPAIN
Foreign non-EU citizen, who wants to reside or visit Spain, can do it in two ways:
1. Receiving the letter of invitation from a private individual or a company that afterwards permits to obtain tourist visa for staying in Spain during the period not exceeding 90 days.
2. Obtaining any other type of visa that permits you to reside permanently in Spain. 

THE LETTER OF INVITATION

This document that is issued by the office of the National Police that corresponds to the host’s domicile who invites to his house a foreign citizen has the duration of 90 days and has to show the data of the host, of the invitee and expected date of the trip. This document will be presented in the Consulate to request a tourist visa and in the countries where it isn’t necessary it will be applied for showing in border control when the foreigner visits our country.  
We help you to obtain the letter of invitation in Global Asesoria and we inform about the next steps to do that the invitee can get a correspondent tourist visa. 
There are countries or states where you don’t need to get a visa to enter to Spain, thus you can come directly to Spain without necessity of going to the Spanish Consulate in the country where you reside.
There are:
ANDORRA, ANTIGUA Y BARBUDA, ARGENTINA, AUSTRALIA, BAHAMAS, BARBADOS, BRASIL, BRUNEI, CANADA, COLOMBIA, CHILE, SOUTH KOREA, COSTA RICA, CROATIA, EL SALVADOR, THE UNITED STATES OF AMERICA, GUATEMALA, HONDURAS, ISRAEL, JAPAN, MALAYSIA, MAURICE, MEXICO, MONACO, NICARAGUA, NEW ZEALAND, PANAMA, PARAGUAY, PERU, SAINT KITTS AND NEVIS, SAN MARINO, HOLY SEE, SEYCHELLES, SINGAPORE, URUGUAY AND VENEZUELA.  
TOURIST VISA IN YOUR PASSPORT 
The Interior Ministry has elaborated a programme that a foreign citizen, who travels to Spain, doesn’t exceed a time allowed in visa, to avoid in such a way problems in obtaining successive visas. There are the most typical situations the reason the Consulates refuse in giving future visas
.  

17/5/17

RESIDENCIA PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS

RESIDENCIA PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS
Antes de llegar a España tienes que tramitar el "visado de estancia por estudios" en los consulados de España de tu país de origen o residencia legal. Puedes consultar el consulado correspondiente en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores español.
Para tramitar el visado, necesitas, acreditar los siguientes:
- Una pre- matrícula o documento que acredite la aceptación en un programa de estudios de un centro educativo acreditado por el Departamento de Educación en España
- Alojamiento y recursos económicos suficientes
- Títulación académica en el país que acredite unos conocimientos previos para poder cursar en España otros.
Es muy importante que el visado sea de estudios (tipo D). Cualquier otro tipo de visado no da derecho a la tramitación posterior de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Importante: Ten en cuenta que el visado de estudiante es válido únicamente para estudiar en la universidad o centro educativo en la que has solicitado ser admitido y por el periodo de tiempo establecido en la carta de aceptación. Así, si después de haber obtenido tu visado, decides estudiar en una institución educativa diferente y cambiar de estudios tendrás problemas para renovar la residencia al siguiente año.
DURANTE EL PRIMER MES DESDE TU ENTRADA EFECTIVA EN ESPAÑA: Tarjeta de Identidad de Extranjero
Si tu estancia autorizada tiene una duración superior a 6 meses, deberás solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada efectiva en España.
Para tramitarlo deberás dirigirte a la Comisaría de Policía de la localidad donde residas: 
A)   Si vives en Barcelona, en la Comisaría de Policía situada en Rambla Guipúscoa, 74 de Barcelona, o en la comisaría que corresponda en el lugar donde hallas establecido tu domicilio solicitando cita previa a través de la página web www.seap.minhap.gob.es (Extranjería\Cita previa extranjería\Acceder al procedimiento\Barcelona\Expedición de tarjeta de identidad de extranjero (huella)\Entrar).

11/7/16

COMISARIA POLICIA TARRAGONA-EXTRANJERIA

COMISARIA TARRAGONA

Dirección: Plza. Orleans S/N - 43005, Tarragona
Teléfono: 977248613
Fax: 977248676

Trámites:
·         Autorizaciones de Regreso
·         Cartas de Invitación
·         Certificados y asignación de NIE
·         Estudiantes
·         Expedición de TIE
·         Informes de Nacionalidad
·         Prórrogas de Estancia
·         Régimen Comunitario
·         Residencias no Lucrativas
·         Solicitudes de Asilo y Refugio
·         Títulos de viaje y Cédulas de inscripción


COMISARIA REUS

Dirección: C/ Gral. Moragues Nº 54 - 43203, Reus (Tarragona)
Teléfono: 977327522 / 977327549
Fax: 977310499
Trámites:
·         Cartas de Invitación
·         Certificados y asignación de NIE
·         Expedición de TIE
·         Informes de Nacionalidad
·         Prórrogas de Estancia
·         Régimen Comunitario


COMISARIA TORTOSA

Dirección: Passeig Joan Moreira Nº 3 - 43500, Tortosa (Tarragona)
Teléfono: 977449731 / 977448278
Fax: 977448323
Trámites:
·         Cartas de Invitación
·         Certificados y asignación de NIE
·         Expedición de TIE
·         Informes de Nacionalidad
·         Prórrogas de Estancia
     Régimen Comunitario

PROBLEMAS AL RENOVAR EL PERMISO DE RESIDENCIA

RENOVAR EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO SIN PROBLEMAS Para evitar problemas a la hora de r enovar el permiso de residencia y trabajo ...