HORARIO

De lunes a viernes de 9 a 15 h Lunes y jueves de 18 a 19 h
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9/1/17

PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Los españoles que no lo sean de origen (por ejemplo, los que han adquirido la nacionalidad española por residencia) perderán la nacionalidad española si:
  • Después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
  • Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
  • Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

Lugar donde realizar la declaración de conservación
Los Consulados españoles en el extranjero donde realizar la declaración de conservación de la nacionalidad española.

21/11/16

NOVEDADES EN LOS EXÁMENES PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Las personas extranjeras que no sepan leer ni escribir, con dificultades de aprendizaje y los que hayan superado la educación secundaria obligatoria no tendrán que hacer el examen de castellano ni el de constitución, cultura y costumbres de España.

Desde el pasado 11 de octubre el Ministerio de Justicia ha publicado varios supuestos para el trámite de concesión de la nacionalidad donde no será necesario hacer los exámenes ni de DELE (castellano) ni el de CCSE (cultura, costumbres y constitución española). Los supuestos serían los siguientes:
  • Personas que no sepan leer ni escribir.
  • Personas con dificultades de aprendizaje.
  • Solicitantes que hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria.
Las solicitudes de dispensa de las pruebas se remitirán al Ministerio de Justicia quien estudiará las circunstancias particulares del candidato y las pruebas aportadas. Y si ya te has inscrito puedes solicitar el desistimiento 15 días antes aunque ello no implica la confirmación de la exención.

9/11/16

LOS EXAMENES CCSE SERÁN PERSONALIZADOS

A partir de la convocatoria  del CCSE  del 27 de octubre, la prueba presenta una gran novedad:  el examen  pasará a ser personalizado, es decir, cada candidato tendrá un examen diferente y único.
La estructura de la prueba no cambia y estará compuesta por 25 preguntas de respuesta cerrada con una sola opción de respuesta de verdadero o falso.  Los contenidos se dividen en dos grupos: Gobierno, ley y participación ciudadana en España (60 % de los ítems) y Cultura, Historia y sociedad españolas (40 % de los ítems).

La duración de la prueba  tampoco cambia (45 minutos) ni el manual para prepararla.  

17/8/16

LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

NOVEDADES NACIONALIDAD ESPAÑOLA





DESDE EL 15 DE OCTUBRE DEL 2015 ENTRÓ EN VIGOR UN NUEVO PROCESO PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA:

Como novedad para obtener la nacionalidad española por residencia se establece la obligatoriedad de aprobar dos exámenes: la posesión de un diploma de español nivel A2 o superior y la prueba que acredita el conocimiento de la Constitución Española, de la realidad social y cultural españolas: CCSE (Conocimientos constitucionales y socioculturales de España).
Los menores de edad y las personas tuteladas están exentos de realizar las dos pruebas y las personas que tengan la nacionalidad de países o territorios en los que el español es idioma oficial estarán exentos de la prueba de conocimiento del español.

Desde nuestro despacho le ayudamos en todo el trámite hasta la obtención de su DNI español:

  1. Inscripción en las convocatorias de los exámenes 
  2. Pago de tasas
  3. Preparación de las pruebas
  4. Preparación y envío de la documentación telemática
  5. Contestación a requerimientos
  6. Recepción de notificaciones
  7. Jura
  8. Inscripción de Nacimiento
  9. Citas y Obtención de DNI y Pasaporte

Y una vez que usted tenga la nacionalidad podrá por opción dársela a sus hijos menores de 18 años.

Aunque usted ya tenga una cita para presentar la solicitud de nacionalidad española en el Registro Civil que le correspondía es posible que no lo pueda hacer si previamente no ha superado los correspondientes exámenes y abonado las nuevas tasas. A pesar de que este criterio no es seguido por todos los Registros Civil, puesto que es posible que posteriormente la Dirección General del Registro y Notariado se lo reclame.

3/7/15

LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA LOS SEFARDIES


El pasado 24 de junio se aprobó definitivamente la ley por la cual se concederá a partir del 1 de octubre la nacionalidad española a los sefardies originarios de España.

PROBLEMAS AL RENOVAR EL PERMISO DE RESIDENCIA

RENOVAR EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO SIN PROBLEMAS Para evitar problemas a la hora de r enovar el permiso de residencia y trabajo ...