17/8/16

LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

NOVEDADES NACIONALIDAD ESPAÑOLA





DESDE EL 15 DE OCTUBRE DEL 2015 ENTRÓ EN VIGOR UN NUEVO PROCESO PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA:

Como novedad para obtener la nacionalidad española por residencia se establece la obligatoriedad de aprobar dos exámenes: la posesión de un diploma de español nivel A2 o superior y la prueba que acredita el conocimiento de la Constitución Española, de la realidad social y cultural españolas: CCSE (Conocimientos constitucionales y socioculturales de España).
Los menores de edad y las personas tuteladas están exentos de realizar las dos pruebas y las personas que tengan la nacionalidad de países o territorios en los que el español es idioma oficial estarán exentos de la prueba de conocimiento del español.

Desde nuestro despacho le ayudamos en todo el trámite hasta la obtención de su DNI español:

  1. Inscripción en las convocatorias de los exámenes 
  2. Pago de tasas
  3. Preparación de las pruebas
  4. Preparación y envío de la documentación telemática
  5. Contestación a requerimientos
  6. Recepción de notificaciones
  7. Jura
  8. Inscripción de Nacimiento
  9. Citas y Obtención de DNI y Pasaporte

Y una vez que usted tenga la nacionalidad podrá por opción dársela a sus hijos menores de 18 años.

Aunque usted ya tenga una cita para presentar la solicitud de nacionalidad española en el Registro Civil que le correspondía es posible que no lo pueda hacer si previamente no ha superado los correspondientes exámenes y abonado las nuevas tasas. A pesar de que este criterio no es seguido por todos los Registros Civil, puesto que es posible que posteriormente la Dirección General del Registro y Notariado se lo reclame.